jueves, 30 de mayo de 2013

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y

 ASISTENCIA SOCIAL



 

DEFINICIÓN

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de Guatemala es el encargado de atender los asuntos concernientes al tema de salud y asistencia social en el territorio nacional.

El Artículo 2 del Reglamento Interno del Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social –SPYAS-, indica que “El ministerio de Salud, tiene a su cargo la rectoría del Sector Salud, así como la administración de los recursos financieros que el Estado asigna para brindar la atención integral de la salud a la población aplicando para el efecto los principios de eficacia, eficiencia, equidad, solidaridad y subsidiaridad.”

MISIÓN

“Guiar, organizar y/o respaldar una respuesta ampliada y dirigida a integrar, fortalecer, extender y diversificar los servicios y programas de salud públicos, hospitalarios y privados.”
  • Ejercer la función de rectoría en el sistema nacional de salud del país.
  • Mejorar el estado de salud y bienestar de la población
  • Optimizar la planificación, la implementación, la administración y la evaluación de los sistemas de entrega de los servicios de salud.

 

 


VISIÓN

 

PRINCIPIOS Y VALORES:

a Un sistema óptimo de servicios de salud se caracteriza por:
a Estar centrado en la persona y enfocado en la comunidad.
a Satisfacer las necesidades de los individuos, las familias y las comunidades
a Responder a las tendencias demográficas y epidemiológicas
a Facilitar el acceso a la atención apropiada, a tiempo y en el lugar adecuado, con énfasis en el primero y segundo nivel de atención que conlleve al acceso universal
a Proveer la continuidad de la atención ampliada a través de la coordinación con las instituciones
a Articular las relaciones con todos los sectores para optimizar los servicios
a Garantizar estándares de calidad de atención que sean consistentes en toda la institución
a Optimizar la utilización de los recursos
a Incrementar la efectividad del sistema y
a Ofrecer servicios con equidad de género, pertinencia cultural, respeto y dignidad.



CREACIÓN Y ORGANIZACIÓN

La Constitución Política del 13 de marzo de 1945 crea los Ministerios y Ministros de Estado, en el cual se decía que tendría cada Ministro uno o más Subsecretarios para sustituirlo en su orden en los casos de ausencia o falta temporal del titular de la cartera.
La Constitución Política del 15 de octubre de 1965 crea los Viceministros en lugar de Subsecretarios quienes tendrían las mismas calidades de su nombramiento con los Ministros.
FUNDACIÓN Y TRAYECTORIA
Lo que hoy es el Ministerio de Salud, ha tenido diversos cambios en lo que se refiere a su organización. Mediante el artículo 170 de la Constitución de la República sustituye el nombre por Dirección General de Servicios de Salud y es cuando se crea el Consejo Nacional de Salud, el cual estuvo presidido por la Universidad de San Carlos de Guatemala, Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Ministerio de la Defensa Nacional, Representado por el Negociado de Sanidad Militar, Consejo de Bienestar Social y otras.
En 1969 fue reorganizado nuevamente el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social mediante el Acuerdo Gubernativo número 23-69, estableciendo las divisiones en la Dirección General de Servicios de Salud como Salud Materno Infantil y Familiar, Epidemiología, Saneamiento Ambiental, Servicios Técnicos Generales, así como las Subdirecciones normativa y ejecutiva estableciendo las cinco regiones y Áreas de Salud.

A través del Acuerdo Gubernativo 71-75 del 03 de febrero de 1976, se emite otro reglamento donde es reestructurado con las divisiones técnico normativas, administrativas creando en definitiva veintidós Áreas de Salud y la Región Metropolitana que comprendía Área Guatemala Norte, Área Guatemala Sur y Área de Amatitlán.

A través del Acuerdo Gubernativo SP-G-43-80 del 16 de junio de 1980, se establece una organización en la atención de salud para puestos, centros tipo “A” y “B”, hospitales de distrito, hospitales de base de área y hospitales regionales.
Mediante el Acuerdo Gubernativo número 741-84 se estructuran nuevamente las dependencias del Ministerio, enfocando sus acciones de carácter preventivo en la Dirección General de Servicios de Salud a través de ocho divisiones, las áreas de salud, hospitales, centros y puestos de salud, así como servicios de educación y recuperación nutricional.
Mediante el Decreto número 90-97, se aprueba un nuevo Código de Salud con principios fundamentales, acoplado a la nueva red de servicios porque su contenido es de acciones de promoción y prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, así como las infracciones y sanciones. Este nuevo Código ha tenido sus reformas en cuanto al tema de la publicidad de tabaco y licores, la obligación del estado de velar por la salud de los habitantes no solo porque la misma se garantice a la persona sino en forma gratuita a nivel nacional.
En el año 1997, se emite el Decreto número 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo en el cual se deja sin efecto el Decreto número 93 que fue el que creó en 1945 las Secretarías y Ministerios de Estado, dándoles nuevamente una filosofía y contenido, acorde a las necesidades del país.
Como información adicional estadísticamente desde la Revolución de 1944 el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social ha tenido treinta y dos Ministros y cincuenta y tres Viceministros de Salud Pública respectivamente.

En el año 1999, se emite el Acuerdo Gubernativo 115-99 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

MUNICIPALIDAD






Dirección del Medio Ambiente
¿Qué es la dirección del Medio Ambiente?
La Municipalidad de Guatemala creó la Dirección de Dirección de Medio Ambiente con varios objetivos, entre ellos: Dirigir todas las actividades que sean necesarias para la conservación y restauración de las áreas verdes espacios abiertos, así como mejorar la calidad de vida de la población.

Propicia el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico en el Municipio de Guatemala, logrando con estas acciones, una ciudad ambientalmente responsable.
La Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Guatemala, es la encargada de velar por el control y mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos. Esta Dirección fue creada el 5 de enero del 2001 bajo los siguientes términos legales:
“Se crea la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Guatemala, la cual dependerá directamente de la Alcaldía Municipal, teniendo como finalidad, la integración de todas las actividades que la Municipalidad realiza en concepto de manejo de los espacios abiertos públicos y privados, así como la coordinación interinstitucional relacionada con la gestión ambiental”. Artículo 1, Acuerdo Municipal AA-1-A-2001
ALCALDÍA
CONSIDERANDO
Que corresponde al Gobierno Municipal la deliberación y decisión del Gobierno, así como la administración de su patrimonio e intereses del Municipio.
CONSIDERANDO
Que es responsabilidad de la Municipalidad la promoción y desarrollo de programas de saneamiento ambiental en coordinación con las autoridades respectivas, así como el establecimiento y emisión de ordenanzas y reglamentos que regules la atención de los servicios públicos.
CONSIDERANDO
Que  es función del Estado, las Municipalidades y los habitantes del territorio nacional, propiciar el desarrollo social, económico, científico y tecnológico que prevenga la contaminación del medio ambiente y mantenga el equilibrio ecológico y la utilización racional de la fauna, flora, suelo, subsuelo y el agua.
CONSIDERANDO
Que se hace necesario que la Municipalidad de Guatemala establezca la política ambiental del Municipio.


POR TANTO
En base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los Artículos 64, 97, 119, literales c) y d), 255,255, 257, y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 6, 10, 39, 40, 52, 53, 82, 83 y 84 del Código Municipal Decreto 58-88 del Congreso de la República.
ACUERDA
Articulo 1. Creación: Crear la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Guatemala, la cual dependerá directamente de la Alcaldía Municipal, teniendo como finalidad, la integración de todas las actividades que la Municipalidad realiza en concepto de manejo de los espacios abiertos públicos y privados, así como la coordinación interinstitucional relacionada con la gestión ambiental.
Artículo 2. Objetivos: La Dirección de Medio Ambiente tendrá entre los siguientes objetivos:
Objetivos:
1. Planificar y ejecutar en coordinación con las instituciones que corresponda, todas las medidas y acciones para la protección, conservación mejoramiento y manejo ambiental del Municipio de Guatemala.
2. Dirigir todas las actividades que sean necesarias para la conservación y restauración de las áreas verdes y espacios abiertos.
3. Diseñar programas y proyectos para el buen manejo de los desechos sólidos del Municipio.
4. Desarrollar programas que contribuyan a que la población del Municipio de Guatemala, perciba la importancia del medio ambiente en las diferentes actividades de desarrollo económico, social y cultural.
5. Implementar programas y acciones que tiendan a mejorar las condiciones ambientales del Municipio de Guatemala.
6. Velar por la renovación urbana, sin menoscabo de los recursos naturales, la flora y la fauna del Municipio.
7. Procurar una buena imagen urbana, el rescate, la restauración y/o conservación de los espacios públicos.
8. Frenar y minimizar la contaminación ambiental del municipio de Guatemala.
Artículo 3. Atribuciones: La Dirección de Medio Ambiente para el cumplimiento de sus fines tendrá entre otras las siguientes atribuciones:
1. Coordinar y ejecutar todas las medidas y acciones que contribuyan a la protección, conservación y mejora del medio ambiente del Municipio de Guatemala, generando todos los mecanismos necesarios para lograr sus objetivos.
2. Coordinar con el Alcalde y Dependencias Municipales que tengan relación directa o indirecta con la gestión ambiental.
3. Ejecutar por medio de la Policía Verde, todas las medidas y acciones tendentes a la protección, conservación y mejora de las condiciones ambientales del Municipio de Guatemala.
4. Definir los planes y programas que tiendan a mejorar las condiciones ambientales del Municipio y presentarlos para su aprobación y puesta en ejecución.
5. Aplicar las disposiciones, ordenanzas y resoluciones municipales en relación con la 
Artículo 4. Integración: La Dirección de Medio Ambiente se integrará con los siguientes Departamentos, cada uno de los cuales estarán a cargo de una Jefatura y crearán las dependencias que se consideren necesarias para el cumplimiento de sus fines:
1. Departamento de Manejo de Desechos Sólidos
2. Departamento de Manejo de Áreas Verdes
3. Departamento de Contaminación Ambiental
4. Departamento de Educación Ambiental[1]
Artículo 5. Régimen Financiero: para el cumplimiento de sus fines y objetivos la Dirección de Medio Ambiente recibirá recursos de las siguientes fuentes de financiamiento:
1. Recursos Municipales Internos provenientes de:
2. Integración Presupuestos actuales de los Departamentos de Parques y Limpieza Municipal.
3. Financiamiento extraordinario que de acuerdo a las necesidades de ejecución del relleno sanitario, se haga necesario ampliar durante la gestión.
4. Fondo privativo.
5. Recursos Externos provenientes de:
6. Préstamos
7. Donaciones
8. Patrocinios
9. Multas
10. Arbitrios relacionados
11. Otros ingresos
La Dirección Financiera deberá ubicar en el menor tiempo posible los recursos que sean necesarios para su inmediato funcionamiento[2].
Artículo 6. Transitorio: Para los efectos de la creación de la Dirección de Medio Ambiente será necesario realizar reclasificación de puestos y salarios y reorganización de las siguientes unidades administrativas:
1. El Departamento de Limpieza Municipal
2. La División de Parques y Áreas Verdes
3. La Sección de Rótulos
Artículo 7. El presente Acuerdo entra en Vigor inmediatamente
Y deroga todas las disposiciones anteriores que se opongan al mismo.
DADO EN EL PALACIO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL CINCO DE ENERO DE DOS MIL UNO.
FRITZ GARCÍA –GALLONT BISCHOF                            LIC. JORGE F. FRANCO S.
ALCALDE MUNICIPAL                                                      SECRETARIO GENERAL

3.2 Funciones
La Dirección de Medio Ambiente es la dependencia que tiene como finalidad la integración de todas las actividades que la Municipalidad realiza en concepto de manejo de los espacios abiertos públicos y privados, así como la coordinación interinstitucional relacionada con la gestión ambiental.
Propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico en el Municipio de Guatemala.
3.3 Objetivos
  • Planificar y ejecutar en coordinación con las instituciones que corresponda, todas las medidas y acciones para la protección, conservación mejoramiento y manejo ambiental del Municipio de Guatemala.
  • Desarrollar programas que contribuyan a que la población del Municipio de Guatemala, perciba la importancia del medio ambiente en las diferentes actividades de desarrollo económico, social y cultural.
  • Velar por la renovación urbana, sin menoscabo de los recursos naturales, la flora y la fauna del Municipio.
  • Procurar una buena imagen urbana, el rescate, la restauración y/o conservación de los espacios públicos.
  • Frenar y minimizar la contaminación ambiental del municipio de Guatemala.
3.4 Visión
Tener una ciudad sin contaminación ambiental y que sus recursos naturales se han preservado.
3.5 Misión
La utilización de todos los recursos disponibles para tener una ciudad libre de contaminación, sin deterioro de sus recursos naturales y que ofrezca a los habitantes del Municipio las condiciones que les generen una mejor calidad de Vida.
3.6 Ubicación de oficinas
·        Dirección de Medio Ambiente: 21 calle 6-77, zona 1. Palacio Municipal, tercer nivel.
Teléfonos: 2285-8161, 62, 65. Telefax: 2285-8166.
·        Oficina de Parques y Áreas Verdes: 6ª. avenida final 11-25, zona 2. Teléfono: 2254-0856.
·        Oficina de Educación Ambiental: 1ª. calle 2-13, zona 2. Teléfono: 2285-0099.

3.7 Áreas o Unidades
3.7.1 Unidad de sonido
Emisión de licencias para el uso de megáfonos o equipos de sonido expuestos al público en el Municipio de Guatemala.
·         Recibir y revisar la documentación que se requiere para la emisión de licencias para la autorización y el uso de megáfonos equipos de sonido expuestos al público.
·         Graduar el o los equipos de sonido de los establecimientos abiertos al público que hayan llenado los requisitos que establece el Acuerdo Com-2-2012.
·         Atender procesos de denuncia.
3.7.2 Unidad de Reciclaje
·        Proceso de capacitación para un adecuado manejo de los desechos sólidos, buscando el mejor aprovechamiento de los residuos en el Municipio.
3.7.3 Unidad de Manejo de Parques y Áreas Verdes
  • Mantenimiento de parques, plazas, y monumentos que comprende jardinización, riego, limpieza y pintura de bordillos.
  • Remodelación de parques.
  • Planificación, diseño y construcción de parques nuevos.
  •  Control de poda y tala.
  • Mantenimiento y reforestación de las áreas verdes del Municipio de Guatemala.
  • Reproducción de especies forestales ornamentales en los viveros La Península y Ojo de Agua.
3.7.4 Unidad de Proyectos
·         Evaluación, planificación y supervisión de proyectos de Medio Ambiente.
·          Cinturón Ecológico Municipal.
·         Manual de parques.
·         Parques ecológicos.
·         Gimnasios al aire libre.
·         Ejecución de infraestructura de la Dirección Medio Ambiente
3.7.5 Unidad de Control Ambiental
·         Atención y seguimiento a denuncias de contaminación que se den en el Municipio de Guatemala.
·         Realizar inspecciones de campo para verificar las denuncias.
·         Seguimiento en gabinete a las denuncias.
·         Análisis de expedientes en materia de contaminación.
·         Traslado de las denuncias al Juzgado de Asuntos Municipales y otras dependencias del Estado de Guatemala.
3.7.6  Unidad de Educación Ambiental
·        Atención al Centro de Educación Ambiental ubicado en la zona 2.
·        Elaboración de programas de educación ambiental.
·        Conferencias a escolares.
·        Asesoría a estudiantes de nivel primario, secundario, universitario e investigadores en general.
3.7.7 Unidad Legal
·         Análisis jurídico de acciones que provoquen impactos negativos al ambiente.

2.  El agua y la Municipalidad
La municipalidad es la encargada también de cuidar el recurso más importante para la vida Humana, el agua.

La comuna capitalina creo la Empresa Municipal de Agua -EMPAGUA- con el objetivo de dotar de los servicios de agua potable y alcantarillado a los habitantes del área metropolitana de la Ciudad de Guatemala.

4.1 Misión y Visión de la Empresa Municipal de Agua
4.1.1 Misión
EMPAGUA es la institución Municipal que planifica, diseña, ejecuta y supervisa las obras de construcción, mejoramiento, ampliación, reconstrucción y mantenimiento del servicio de agua potable y saneamiento en la Ciudad de Guatemala y sus áreas de influencia, solucionando las demandas y necesidades de una forma eficiente, participativa y consensuada, contribuyendo al desarrollo nacional y al bienestar social de la población guatemalteca.

Para conservar y optimizar la calidad de sus servicios EMPAGUA mantienen un mejoramiento constante que le permite responder a las demandas