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CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO AMBIENTAL.
1.
INTRADISCIPLINARIO
El Derecho Ambiental es un
derecho intradisciplinario y novísimo, que, con el paso del tiempo, ha ido
demostrando la validez de sus fundamentos y principios, hasta el punto de ser conocido
como una disciplina autónoma. Sin
embargo, su autonomía no excluye de ningún modo su relación con las otras ramas
del derecho, pues existe entre ella y las demás una interrelación, primaria y
dinámica, en donde mucho de sus elementos o supuestos normativos se encuentran
localizados en cuerpos legislativos tradicionales como el derecho civil, penal,
trabajo, etc.
2. TRANSDICIPLINARIO
El Derecho Ambiental es
un derecho transdisciplinario. La
mayoría de los cuerpos normativos tradicionales del derecho han tenido como
fuentes reales, los variados fenómenos de orden social o económico que se
producen en un período o momento determinado.
3. DINÁMICO
5. DISPERSIÓN NORMATIVA 6. ACTIVIDAD JURISDICCIONAL
INTERNACIONAL IRRELEVANTE:
7. AUSENCIA Y DESAPARICIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES:8. FUNCIONALISMO ORGÁNICO:9. LA REGLA DEL CONSENSO EN LA GENERACIÓN DEL "DERECHO BLANDO" (SOFT LAW):
11. CARÁCTER SISTÉMICO:
10. CARÁCTER PREVENTIVO:
5. DISPERSIÓN NORMATIVA
INTERNACIONAL IRRELEVANTE:
7. AUSENCIA Y DESAPARICIÓN DE LAS RESPONSABILIDADES:8. FUNCIONALISMO ORGÁNICO:9. LA REGLA DEL CONSENSO EN LA GENERACIÓN DEL "DERECHO BLANDO" (SOFT LAW):
11. CARÁCTER SISTÉMICO:
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