jueves, 30 de mayo de 2013

CONAP

Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP)
En 1989 se crea el Consejo Nacional de Áreas protegidas, con personalidad jurídica que depende directamente de la Presidencia de la República, cuya denominación abreviada es CONAP o simplemente Consejo, como el órgano máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP) creado por esta misma ley. Tiene jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su espacio aéreo. Posee autonomía funcional y su presupuesto se integra por una asignación anual del Estado y el producto de las donaciones específicas particulares, países amigos, organismos y entidades internacionales.
El Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP- es una entidad pública, dependencia de la Presidencia de la República, que fue establecida en el año de 1989 y regula sus actuaciones según lo establecido en la Ley de Áreas Protegidas (Decreto Legislativo 4-89, y sus reformas).
Es el órgano máximo de la dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP), con jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su espacio aéreo.
Antecedentes Históricos
Acciones de las culturas precolombinas de Guatemala que conservaban el ambiente natural: El estudio de los grupos étnicos de
Guatemala ha identificado prácticas agrícolas y de manejo de recursos naturales, (Secaira 2000). Entre las características de la cultura maya más sobresalientes, en el tema de la conservación de la naturaleza, está la existencia de tecnologías sostenibles de manejo de los recursos naturales, que demuestran la presencia de una conciencia y una práctica ecológica característica de las comunidades indígenas, fruto de la racionalidad campesina. Esto es el resultado de una práctica de herencia ancestral precolombina sustentada en descubrimientos arqueológicos de campos elevados y terrazas agrícolas. Ejemplos notorios actuales se encuentran en los sistemas de terrazas irrigadas o “tablones”, el uso de la rotación de potreros de ovejas para fertilizar campos de cultivo, regadíos, huertos frutales, huertos de cacao con sombra de madre cacao, el uso de abonos verdes, etc.
Con la excepción del norte del Petén, el remanente boscoso más extenso del país se encuentra en áreas con población predominantemente maya. El 42 por ciento del área con población maya está cubierto con bosque en comparación con 32 % del área con población ladina.
La conservación de los bosques se ha dado en el ámbito de los bosques comunales, que constituyen la evidencia más clara de una conciencia conservacionista. En ellos se conjugan elementos culturales como la cosmovisión, la práctica de la espiritualidad, y el manejo tradicional de los recursos naturales, con los elementos básicos del derecho consuetudinario: autoridades comunitarias, las normas de uso y acceso, y de procedimiento (Secaira, 2000)
 


Primer Área Protegida de Guatemala: Parque Nacional Tikal
Personaje e historia de la declaratoria del Primer Área Protegida de
Guatemala: A finales del mes de mayo de 1955, en la denominada Semana del Árbol, el Presidente de la República, Coronel Carlos Castillo Armas, acordó declarar los primeros Parques Nacionales legalmente establecidos en Guatemala, entre los que se encontraba el Parque Nacional Tikal. El 2 de septiembre de 1957 se delimitó, por Acuerdo Gubernativo, y tiene una extensión de 576 kilómetros cuadrados.

Continuidad en la administración gubernamental de las Áreas
Protegidas:
No todas las áreas decretadas han tenido continuidad en la administración. Durante el período de 1955 a 1960 se declaró el mayor número de áreas protegidas en la historia del país con casi el 50% de las Áreas Protegidas existentes actualmente. Sin embargo su impacto en la conservación es limitado, ya que solamente cubre el 4.4% del área total del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas, SIGAP. En varias de estas Áreas Protegidas, si ha habido continuidad en la administración gubernamental, a través de instituciones gubernamentales. Es importante señalar que los 27 conos volcánicos del país declarados como Zonas de Veda Definitiva en 1955, ninguna institución se hizo responsable de su administración. No es sino hasta la creación del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, CONAP, en 1989 con la Ley de Áreas Protegidas, cuando realmente toma impulso la protección in situ de las Áreas, asignando al CONAP la administración de todas las áreas declaradas previamente, y no asignadas por legislación vigente a otras instituciones gubernamentales, sin embargo no ha contado con los recursos necesarios para iniciar el manejo de dichas áreas.
1.        AREA TECNICA
1.1 UNIDADES DE CONSERVACION
Funciones:
§   Apoyar, promover, atender y consolidar, con el respaldo de organizaciones Gubernamentales y no gubernamentales, en lo relativo a las áreas de conservación de Guatemala, sean estas públicas, municipales o privadas.
§   Asesorar y atender a los usuarios interesados en declarar Áreas Protegidas.
§   Facilitar información para la declaratoria de Áreas Protegidas potenciales.
§   Colaborar en la elaboración de proyectos de ley para declaratoria de Áreas Protegidas.
§   Plantear políticas institucionales relativas a la declaratoria de Áreas Protegidas.
§   Asistir e informar a Secretaría Ejecutiva, Subsecretaría Ejecutiva y Dirección Técnica en asuntos relacionados con la planificación y manejo de Áreas Protegidas y del funcionamiento del SIGAP.
§   Desarrollo de propuestas y estrategias sobre los temas de coadministración, incentivos de conservación y Áreas Protegidas fronterizas, para ser presentadas ante Secretaría Ejecutiva.
§   Coordinar el proceso de identificación, evaluación y concesión de sitios turísticos dentro de Áreas Protegidas.
  • Elaborar normativos sobre actividades turísticas dentro de Áreas Protegidas y monitorearlas.
  • Implementar la base de datos de la Estrategia de Monitoreo y Evaluación para cada oficina regional del CONAP.
  • Analizar los planes operativos anuales de las Áreas Protegidas y supervisar su coherencia con los resultados de cada evaluación partiendo de los criterios de planificación.
1.2  VIDA SILVESTRE
Asesorar a Secretaría Ejecutiva para:
§  Coordinar la administración de la fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del país.
§  Coordinar la aplicación de los Convenios en el ámbito nacional e internacional en materia de conservación de fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del país.
§  Liderar los procesos que contribuyan a la conservación  y uso sostenible de los recursos de fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del país.
§  Desarrollar las normas necesarias para el uso sostenible de fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del país.
Funciones dentro de la institución:
§  Asesorar a la Secretaría Ejecutiva en la administración de la vida silvestre.
§  Asesorar a la Secretaría Ejecutiva en los convenios internacionales relacionados con vida silvestre (CITES, CIT, CDB, CCAD).
§  Aplicación de los convenios internacionales relacionados con vida silvestre.
§  Elaborar los listados de especies amenazadas.
§  Normar el uso y aprovechamiento sostenible de vida silvestre.
§  Coordinar las acciones en pro de la conservación de la vida silvestre in situ y ex situ.
§  Evaluar solicitudes para el registro de empresas reproductoras, comercializadoras, colecciones, investigaciones, investigadores, aprovechamiento y técnico profesional regente de vida silvestre.
§  Gestión y ejecución de proyectos relacionados con la vida silvestre.
Servicios del Departamento:
§  Evaluación de solicitudes para el aprovechamiento de vida silvestre.
§  Emisión de licencias de investigación en biodiversidad.
§  Emisión de licencias de colecta o aprovechamiento de especies silvestres.
§  Solicitud de permiso para exportación e importación de vida silvestre, productos y subproductos.
1.3 MANEJO FORESTAL
Funciones dentro de la Institución:
§  Evaluar el componente técnico forestal contenido en las solicitudes de aprovechamiento forestal que ingresan en el CONAP.
§  Orientar a los técnicos forestales, regentes de los aprovechamientos forestales que se desarrollan en las áreas protegidas, de las disposiciones institucionales en el uso de los bosques.
§  Supervisar si el desarrollo de las actividades forestales está de acuerdo a las actividades planteadas en el plan de manejo.
§  Dar seguimiento a las garantías de recuperación de la masa forestal.
§  Asesorar a la Secretaría Ejecutiva sobre los diferentes casos forestales que se están solicitando y ejecutando dentro de Áreas Protegidas.
§  Contribuir a velar por el uso integral de los árboles que se aprovechan dentro de Áreas Protegidas.
§  Representar al CONAP dentro del Consejo Técnico del Sistema Nacional para la Prevención  y Control de Incendios Forestales –SIPECIF-.
§  Coordinar a nivel nacional el desarrollo de los componentes de la Estrategia Nacional para la Conservación del Pinabete (Abies guatemalensis).
Servicios del Departamento:
§  Atención de consultas al público sobre el tema forestal.
§  Registro de regentes forestales.
§  Registro de empresas comercializadoras de Flora Maderable.
§  Registro de Guías de Transporte de Vida Silvestre Maderable.
§  Registro de Fianzas para cumplimiento de Reforestación.
§  Registro de Aprovechamientos Forestales en Áreas Protegidas.


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