Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP)
En 1989 se
crea el Consejo Nacional de Áreas protegidas, con personalidad jurídica que
depende directamente de la Presidencia de la República, cuya denominación
abreviada es CONAP o simplemente Consejo, como el órgano
máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas
(SIGAP) creado por esta misma ley. Tiene jurisdicción en todo el territorio
nacional, sus costas marítimas y su espacio aéreo. Posee autonomía funcional y
su presupuesto se integra por una asignación anual del Estado y el producto de
las donaciones específicas particulares, países amigos, organismos y entidades
internacionales.
El Consejo
Nacional de Áreas Protegidas -CONAP- es una entidad pública, dependencia de la
Presidencia de la República, que fue establecida en el año de 1989 y regula sus
actuaciones según lo establecido en la Ley de Áreas Protegidas (Decreto
Legislativo 4-89, y sus reformas).
Es el
órgano máximo de la dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas
Protegidas (SIGAP), con jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas
marítimas y su espacio aéreo.
Antecedentes Históricos
Acciones de las culturas precolombinas de Guatemala
que conservaban el ambiente natural: El estudio de los grupos étnicos de
Guatemala ha identificado prácticas agrícolas y de manejo de recursos
naturales, (Secaira 2000). Entre las características de la cultura maya más
sobresalientes, en el tema de la conservación de la naturaleza, está la
existencia de tecnologías sostenibles de manejo de los recursos naturales, que
demuestran la presencia de una conciencia y una práctica ecológica
característica de las comunidades indígenas, fruto de la racionalidad
campesina. Esto es el resultado de una práctica de herencia ancestral
precolombina sustentada en descubrimientos arqueológicos de campos elevados y
terrazas agrícolas. Ejemplos notorios actuales se encuentran en los sistemas de
terrazas irrigadas o “tablones”, el uso de la rotación de potreros de ovejas
para fertilizar campos de cultivo, regadíos, huertos frutales, huertos de cacao
con sombra de madre cacao, el uso de abonos verdes, etc.
Con la excepción del norte del Petén, el remanente boscoso más extenso
del país se encuentra en áreas con población predominantemente maya. El 42 por
ciento del área con población maya está cubierto con bosque en comparación con
32 % del área con población ladina.
La conservación de los bosques se ha dado en el ámbito de los bosques
comunales, que constituyen la evidencia más clara de una conciencia
conservacionista. En ellos se conjugan elementos culturales como la
cosmovisión, la práctica de la espiritualidad, y el manejo tradicional de los
recursos naturales, con los elementos básicos del derecho consuetudinario:
autoridades comunitarias, las normas de uso y acceso, y de procedimiento
(Secaira, 2000)
Primer Área Protegida de Guatemala: Parque
Nacional Tikal
Personaje e historia de la declaratoria del Primer
Área Protegida de
Guatemala: A finales del mes de mayo de
1955, en la denominada Semana del Árbol, el Presidente de la República, Coronel
Carlos Castillo Armas, acordó declarar los primeros Parques Nacionales
legalmente establecidos en Guatemala, entre los que se encontraba el Parque Nacional
Tikal. El 2 de septiembre de 1957 se delimitó, por Acuerdo Gubernativo, y tiene
una extensión de 576 kilómetros cuadrados.
Continuidad en la administración gubernamental de
las Áreas
Protegidas:
No todas las áreas decretadas han tenido continuidad en la
administración. Durante el período de 1955 a 1960 se declaró el mayor número de
áreas protegidas en la historia del país con casi el 50% de las Áreas
Protegidas existentes actualmente. Sin embargo su impacto en la conservación es
limitado, ya que solamente cubre el 4.4% del área total del Sistema
Guatemalteco de Áreas Protegidas, SIGAP. En varias de estas Áreas Protegidas,
si ha habido continuidad en la administración gubernamental, a través de
instituciones gubernamentales. Es importante señalar que los 27 conos
volcánicos del país declarados como Zonas de Veda Definitiva en 1955, ninguna
institución se hizo responsable de su administración. No es sino hasta la
creación del Consejo Nacional de Áreas Protegidas, CONAP, en 1989 con la Ley de
Áreas Protegidas, cuando realmente toma impulso la protección in situ de
las Áreas, asignando al CONAP la administración de todas las áreas declaradas
previamente, y no asignadas por legislación vigente a otras instituciones
gubernamentales, sin embargo no ha contado con los recursos necesarios para
iniciar el manejo de dichas áreas.
1.
AREA TECNICA
1.1 UNIDADES DE CONSERVACION
Funciones:
§ Apoyar, promover, atender y
consolidar, con el respaldo de organizaciones Gubernamentales y no
gubernamentales, en lo relativo a las áreas de conservación de Guatemala, sean
estas públicas, municipales o privadas.
§ Asesorar y atender a los usuarios
interesados en declarar Áreas Protegidas.
§ Facilitar información para la
declaratoria de Áreas Protegidas potenciales.
§ Colaborar en la elaboración de
proyectos de ley para declaratoria de Áreas Protegidas.
§ Plantear políticas institucionales
relativas a la declaratoria de Áreas Protegidas.
§ Asistir e informar a Secretaría
Ejecutiva, Subsecretaría Ejecutiva y Dirección Técnica en asuntos relacionados
con la planificación y manejo de Áreas Protegidas y del funcionamiento del
SIGAP.
§ Desarrollo de propuestas y estrategias
sobre los temas de coadministración, incentivos de conservación y Áreas
Protegidas fronterizas, para ser presentadas ante Secretaría Ejecutiva.
§ Coordinar el proceso de
identificación, evaluación y concesión de sitios turísticos dentro de Áreas
Protegidas.
- Elaborar
normativos sobre actividades turísticas dentro de Áreas Protegidas y
monitorearlas.
- Implementar
la base de datos de la Estrategia de Monitoreo y Evaluación para cada
oficina regional del CONAP.
- Analizar
los planes operativos anuales de las Áreas Protegidas y supervisar su
coherencia con los resultados de cada evaluación partiendo de los
criterios de planificación.
1.2 VIDA SILVESTRE
Asesorar a Secretaría
Ejecutiva para:
§ Coordinar la administración de la
fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del país.
§ Coordinar la aplicación de los
Convenios en el ámbito nacional e internacional en materia de conservación de
fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del país.
§ Liderar los procesos que contribuyan a
la conservación y uso sostenible de los recursos de fauna, flora y
recursos hidrobiológicos silvestres del país.
§ Desarrollar las normas necesarias para
el uso sostenible de fauna, flora y recursos hidrobiológicos silvestres del
país.
Funciones dentro
de la institución:
§ Asesorar a la Secretaría Ejecutiva en
la administración de la vida silvestre.
§ Asesorar a la Secretaría Ejecutiva en
los convenios internacionales relacionados con vida silvestre (CITES, CIT, CDB,
CCAD).
§ Aplicación de los convenios
internacionales relacionados con vida silvestre.
§ Elaborar los listados de especies
amenazadas.
§ Normar el uso y aprovechamiento
sostenible de vida silvestre.
§ Coordinar las acciones en pro de la
conservación de la vida silvestre in situ y ex situ.
§ Evaluar solicitudes para el registro
de empresas reproductoras, comercializadoras, colecciones, investigaciones,
investigadores, aprovechamiento y técnico profesional regente de vida
silvestre.
§ Gestión y ejecución de proyectos relacionados
con la vida silvestre.
Servicios del
Departamento:
§ Evaluación de solicitudes para el
aprovechamiento de vida silvestre.
§ Emisión de licencias de investigación
en biodiversidad.
§ Emisión de licencias de colecta o
aprovechamiento de especies silvestres.
§ Solicitud de permiso para exportación
e importación de vida silvestre, productos y subproductos.
1.3 MANEJO FORESTAL
Funciones dentro de la Institución:
§ Evaluar el componente técnico forestal
contenido en las solicitudes de aprovechamiento forestal que ingresan en el
CONAP.
§ Orientar a los técnicos forestales, regentes
de los aprovechamientos forestales que se desarrollan en las áreas protegidas,
de las disposiciones institucionales en el uso de los bosques.
§ Supervisar si el desarrollo de las
actividades forestales está de acuerdo a las actividades planteadas en el plan
de manejo.
§ Dar seguimiento a las garantías de
recuperación de la masa forestal.
§ Asesorar a la Secretaría Ejecutiva
sobre los diferentes casos forestales que se están solicitando y ejecutando
dentro de Áreas Protegidas.
§ Contribuir a velar por el uso integral
de los árboles que se aprovechan dentro de Áreas Protegidas.
§ Representar al CONAP dentro del
Consejo Técnico del Sistema Nacional para la Prevención y Control de
Incendios Forestales –SIPECIF-.
§ Coordinar a nivel nacional el
desarrollo de los componentes de la Estrategia Nacional para la Conservación
del Pinabete (Abies guatemalensis).
Servicios del
Departamento:
§ Atención de consultas al público sobre
el tema forestal.
§ Registro de regentes forestales.
§ Registro de empresas comercializadoras
de Flora Maderable.
§ Registro de Guías de Transporte de
Vida Silvestre Maderable.
§ Registro de Fianzas para cumplimiento
de Reforestación.
§ Registro de Aprovechamientos
Forestales en Áreas Protegidas.
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