MINISTERIO
DE ENERGIA Y MINAS. MEM
La Dirección General de Minería, Industrias Fabriles y
Comercio, adscrita a la Secretaría de Fomento, fue creada el 01 de julio del
año 1907, siendo nombrado el señor Manuel Lemus, como el primer Director.
En la década de los años cuarenta, se creó el
Instituto Nacional de Petróleo. Posteriormente en los años cincuenta, la
Dirección General de Minería, Industrias Fabriles y Comercio, cambió de
denominación a únicamente Dirección General de Minería, fusionándose con el
referido Instituto para llegar a formar la Dirección General de Minería e
Hidrocarburos, adscrita al Ministerio de Economía
Constitución Política de la República.
Artículo 125. Explotación de recursos
naturales no renovables. Se declara de utilidad y necesidad públicas, la
explotación técnica y racional de hidrocarburos, minerales y demás recursos
naturales no renovables.
Artículo 129. Electrificación. Se declara de
urgencia nacional, la electrificación del país, con base en planes formulados
por el Estado y las municipalidades, en la cual podrá participar la iniciativa
privada.
Ley del Organismo Ejecutivo (Decreto 114-97).
Artículo 34. Ministerio de Energía y Minas. Le
corresponde atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la producción,
distribución y comercialización de la energía y de los hidrocarburos, y a la
explotación de los recursos mineros.
Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de
Energía y Minas. (Acuerdo Gubernativo 382-2006)
Objetivos
Estratégicos
Los
objetivos presentados forman las metas estratégicas del Ministerio de Energía y
Minas para el período del 2006 al 2015. Dichos objetivos son:
- La
satisfacción de los requerimientos energéticos y mineros, dentro de los
estándares de calidad, en todo el país.
- Promover
la diversificación de la oferta energética, con enfoque en las fuentes de
energía renovables.
- Promover
el consumo eficiente y productivo de los recursos energéticos y mineros.
- Adoptar
las medidas que sean necesarias para la conservación, desarrollo y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables y no renovables en
forma eficiente.
- Crear
las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales
nacionales y extranjeros dentro de los sectores energético y minero.
Funciones
del Minesterio de energia y minas.
En
el marco de lo establecido en la Ley del Organismo Ejecutivo, el Ministerio de
Energía y Minas tiene asignadas las siguientes funciones generales:
- Estudiar
y fomentar el uso de fuentes nuevas y renovables de energía; promover su
aprovechamiento racional y estimular el desarrollo y aprovechamiento
racional de energía en sus diferentes formas y tipos, procurando una
política nacional que tienda a lograr la autosuficiencia energética del
país.
- Coordinar
las acciones necesarias para mantener un adecuado y eficiente suministro
de petróleo, productos petroleros y gas natural de acuerdo a la demanda
del país, y conforme a la ley de la materia.
- Cumplir
y hacer cumplir la legislación relacionada con el reconocimiento
superficial, exploración, explotación, transporte y transformación de
hidrocarburos, la compraventa o cualquier tipo de comercialización de
petróleo crudo o reconstituido, gas natural y otros derivados, así como
los derivados de los mismos.
- Formular
la política, proponer la regulación respectiva y supervisar el sistema de
exploración, explotación y comercialización de hidrocarburos y minerales.
- Proponer
y cumplir las normas ambientales en materia energética.
- Emitir
opinión en el ámbito de su competencia sobre políticas o proyectos de
otras instituciones públicas que incidan en el desarrollo energético del
país.
Ejercer las funciones normativas y de control y
supervisión en materia de energía eléctrica que le asignen las leyes.
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