jueves, 30 de mayo de 2013

CONVENCION DE VIENA

Convención de Viena 
sobre el derecho de los tratados
U.N. Doc A/CONF.39/27 (1969), 1155 U.N.T.S. 331, entered into force 
January 27, 1980.
Viena, 23 de mayo de 1969

Los Estados Partes en la presente Convención
Considerando la función fundamental de los tratados en la historia de las relaciones 
internacionales; 
Reconociendo la importancia cada ves mayor de los tratados como fuente del derecho 
internacional y como medio de desarrollar la cooperación pacífica entre las naciones, 
sean cuales fueren sus regímenes constitucionales y sociales: 
Advirtiendo que los principios del libre consentimiento y de la buena fe y la norma "pacta 
sunt servanda" están universalmente reconocidos Afirmando que las controversias relativas a los tratados, al igual que las demás 
controversias internacionales deben resolverse por medios pacíficos y de conformidad 
con los principios de la justicia y del derecho internacional; 
Recordando la resolución de los pueblos de las Naciones Unidas de crear condiciones 
bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de 
los tratados: 
Han convenido lo siguiente:


1. Alcance de la presente Convención. 
La presente Convención se aplica a los tratados entre Estados. 
2. Términos empleados. 1. Para los efectos de la presente Convención: 
a) se entiende por "tratado" un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados 
y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más 
instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular;
b) se entiende por "ratificación", "aceptación", "aprobación" y "adhesión", según el caso, 
el acto internacional así denominado por el cual un Estado hace constar en el ámbito 
internacional su consentimiento en obligarse por un tratado; c) se entiende por "plenos poderes" un documento que emana de la autoridad competente 
de un Estado y por el que se designa a una o varias personas para representar al Estado en 
la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el 
consentimiento del Estado en obligarse por un tratado, o para ejecutar cualquier otro acto 

con respecto a un tratado; 





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